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Urge educación sobre nueva ley, principalmente sobre los seguros individuales.

Los cambios que trajo consigo la nueva Ley de Condominios obligan a los dueños de apartamentos a educarse sobre la mejor manera de asegurar sus bienes y así huir de las letras pequeñas que resultan en reclamaciones fallidas, tal como ocurrió tras el paso del huracán María y se repite luego de cada desastre natural.

De acuerdo al estatuto y a la Carta Normativa sobre Seguros de Condominios revisada, Los cambios que trajo consigo la nueva Ley de Condominios obligan a los dueños de apartamentos a educarse sobre la mejor manera de asegurar sus bienes

“En la ley anterior podías asegurar tus bienes privativos. En la de ahora, en la póliza de un condominio no puedes asegurar tus bienes privativos. Esos bienes privativos, si el apartamento está saldo, yo decido. La recomendación es que lo hagan. Los bienes privativos son todo lo que está dentro del apartamento y no forma parte de la fachada. Todo aquello que es del uso y disfrute del titular o dueño del apartamento, que no es pared de carga o parte de la fachada”, explicó Roberto López, primer vicepresidente de Antilles Insurance.

El pago de un seguro individual, en cambio, no excluye al titular de pagar la parte proporcional de cualquier seguro comunal adoptado por el Consejo de Titulares, cuyo monto se descifra individualmente.

Según la ley, los elementos comunes del inmueble son el vuelo, entendido éste como el derecho a sobre elevar, los cimientos, paredes de carga, techos, escaleras y vías de entrada y salida o de comunicación, entre otros. Cambiarlos requiere el consentimiento de dos terceras partes de los titulares.

Para López es una ventaja que el titular no se agrupe dentro de la empresa que asegura al condominio como estructura, ya que tendría más control sobre lo que está asegurado, pues cada quien elige el paquete que más le beneficia; agilizaría el proceso de reclamación, porque no es la mismo una reclamación contra 60 ó 120 de un condominio entero; y aumentaría la oportunidad de recobro, ya que los deducibles suponen ser más económicos.

Sin embargo, la problemática que trae este nuevo proceder recae en el desconocimiento entre los titulares de propiedad sobre sus opciones. Esto afecta a un gran número de personas, ya que se estima que en la Isla hay alrededor de 3,000 condominios.

“Hay que orientar de manera positiva, que conozcan sus derechos y que sepan que sus seguros están en sus manos, no en manos de otros. Después del huracán María, la percepción de la industria de seguros fue la peor. Dos compañías se fueron a quiebra, pero también la gente cogió conciencia, usaban el lenguaje, ‘el deducible, la reclamación, mi agente’, la gente empezó a conocer los temas y eso es un adelanto”, argumentó López.

“Hubo gente que también tuvo una buena compañía y cobraron y recobraron, negocios que pudieron reabrir. Yo me trato de enfocar en la parte positiva: orientar. Un cliente informado en la rama que sea, es un cliente que hace una buena compra porque sabe”, declaró el primer vicepresidente.

La Ley de Condominios del 16 de agosto de 2020 provocó extensas discusiones en la legislatura y a nivel público durante los meses en que fue presentada. Luego, con la incidencia del COVID-19 reapareció a la hora de su firma.

Una de sus disposiciones establece que no se podrá prohibir el arrendamiento de los apartamentos a corto plazo en los inmuebles sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal, salvo que en la escritura matriz o en el reglamento de ese condominio exista una prohibición expresa o que establezca un término mínimo de arrendamiento.

La directriz surge luego de que los tribunales estatales atendieran varias demandas sobre titulares de propiedad que interesaban rentar estos espacios en plataformas como Airbnb.



Por: Adriana De Jesús Salamán
Publicado en noticel.com el 27 de septiembre de 2020

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