Aseguran que lo hacen para garantizar el pago de mantenimiento
Tras la controversia generada sobre la interrupción de servicios y utilidades en los edificios residenciales bajo la Ley 129 de 16 de agosto de 2020, Ley de Condominios de Puerto Rico —aun cuando impera el estado de emergencia decretado por el gobierno— la Asociación de Condominios defendió que es una medida para evitar el atraso en el pago de la cuota de mantenimiento.
El Articulo 59 de la ley establece que la junta de directores puede ordenar la suspensión de servicios que llegan por medio de instalaciones que constituyen elementos comunes generales del inmueble tales como: agua potable, electricidad, gas, teléfono, transmisión de voz, vídeo y data, a aquellos titulares que adeuden dos o más plazos de cuotas, derramas, multas con pago vencido de sesenta 60 días o más, o alguna prima vencida del seguro comunal por cualquiera de los apartamentos de los que sea titular.
Sin embargo, no pueden suspender ningún servicio, a menos que medie una notificación al titular por los medios establecidos en la ley, la cual deberá realizarse con no menos de quince 15 días de anticipación.
“Las operaciones de los condominios se pagan con las cuotas de mantenimiento, con lo que aportan los dueños de los apartamentos. Con eso se paga todos los meses el agua, luz, recogido de basura, mantenimiento general y de piscina, portones, cisternas y generadores, además de jardinería, fumigación y seguridad, entre otros servicios”, expresó Mary Ortega, presidenta de la Asociación de Condominios.
Una de las consecuencias que más preocupa a las juntas de directores es que el complejo pierda la cualificación a los productos hipotecarios que ofrece HUD a quienes interesan comprar una unidad residencial en el condominio.
“Si hay una alta morosidad no certifican al condominio para préstamos FHA, veteranos o ‘reverse mortgage’ y la reserva no puede estar en menos de 10%. Si no aportan al mantenimiento, esto es lo que ocurre. Muchas veces se tiene que pedir una derrama a los que sí aportan para cubrir los gastos operacionales y se puede usar la reserva, pero este dinero no es para eso, es para una contingencia”, indicó Ortega.
Recalcó que todo titular que compra un apartamento en un condominio debe conocer la Ley de Condominios para saber a qué se compromete.
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Publicado en elvocero.com el 29 de julio de 2021