Todo titular tiene derecho a solicitar inspeccionar los Proxy’s
por Ivette M. Perez
Todo titular tiene derecho a solicitar inspeccionar los Proxy’s, 24 horas antes de las asambleas. Solicítelo por escrito y vaya a la oficina, revise las fechas de recibo y las firmas contra las que se supone estén registradas en el libro de registro de titulares.
1- Todo proxy, que llegue después de las 24 horas antes de la asamblea puede ser impugnando.
2- Si la firma del proxy, no le concuerda con el registro, lo impugna.
3- Cuente la cantidad de proxys, si verifico 10, el día de la asamblea no pueden haber 11. Anote en un papel los números de los apartamentos y la persona que los estará representando. Puede solicitar que se lo firmen como evidencia de haber realizado la inspección.
4- Si usted solicita realizar la inspección de los proxys, y se le niega, lo ignoran, no le contestan en fin, no le permiten el acceso a la inspección, usted debe presumir que no existen y que por lo tanto no se deben aceptar en la asamblea. Si los presentan puede solicitar la impugnación de todos los que a usted no le consten que fueron entregados.
El Artículo 51 de la ley 129-2020 hace referencia a tres cosas muy importantes.
1- Los poderes de representación estarán disponibles antes durante y después de la asamblea para la revisión de cualquier titular que así lo solicite.
2- . El poder tendrá que estar fechado e indicará las fechas de la asamblea para la que se autoriza la representación, excepto que se trate de un poder general otorgado ante notario e inscrito en el Registro de Poderes y Testamentos.
3- La autenticidad de la firma del titular se validará mediante el Registro de Titulares y tendrá que ser entregado con un mínimo de veinticuatro (24) horas antes de comenzar la asamblea.
Publicado en Facebook Grupo Justicia para nuestros Condominios en Puerto Rico el 6 de febrero de 2022.