La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó la Ley 129-2020, que establece la Ley de Condominios de Puerto Rico para actualizar las normas que rigen la convivencia en los condominios. De igual manera, se deroga la Ley Número 104 de 25 de junio de 1958, según enmendada, conocida como la Ley de Condominios.
“El titular de un apartamento sometido al Régimen de Propiedad Horizontal tiene el derecho al pleno disfrute de su apartamento y de las áreas comunes, siempre que con ello no menoscabe el derecho de los demás titulares al disfrute de sus respectivas propiedades. Cada titular reconoce que el ejercicio del dominio en el Régimen de Propiedad Horizontal está limitado por los derechos de los demás titulares y que el derecho de propiedad sobre su apartamento tiene que ejercerse dentro del marco de la sana convivencia y el respeto al derecho ajeno”, indicó la gobernadora.
La escritura que establezca el Régimen de Propiedad Horizontal expresará clara y precisamente el destino y uso de toda área comprendida en el inmueble, excepto que la ley autorice lo contrario, una vez fijado dicho destino y uso sólo podrá ser variado mediante el consentimiento de 2/3 partes de todos los titulares, que, a su vez, reúnan 2/3 partes de las participaciones en las áreas comunes.
La nueva ley puntualiza que las modificaciones a la escritura matriz, con el fin variar el uso de un apartamento de uno residencial a uno no residencial o viceversa, requerirán del consentimiento unánime de todos los titulares.
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Publicado en elvocero.com el 17 de agosto de 2020