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Se contemplan hasta 8 enmiendas al Código Civil

Por Daniel Rivera Vargas
Publicado en aldia.microjuris.com el 9 enero 2021

La presidenta del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR), Daisy Calcaño López, adelantó a Microjuris.com cuáles son las enmiendas que se podrían integrar al Código Civil de Puerto Rico durante la próxima sesión extraordinaria o —por lo menos— las que podrían estar ante la consideración de la Asamblea Legislativa.

Las posibles enmiendas

  1. Incorporar la equidad

La licenciada sostuvo que se podría reincorporar la doctrina de equidad, eliminada bajo el nuevo código. Debe quedar claro que no se trata del principio anglosajón equity, que tiene que ver en gran medida con las participaciones de inmuebles, sino del principio aristotélico de que en ausencia de ley, o cuando la ley no lleva a un resultado justo, se aplique equidad mediante principios generales del derecho.

  1. Actos de menores de edad

Enmendar el artículo 107 sobre la validez de los actos del menor de edad de entre 18 a 21 años, porque se les permite hacer todo tipo de acto jurídico sin el aval de los padres, pero si los menores fallan los padres pueden responder, a pesar de que no dieron su anuencia.

“Nuestra propuesta es que se derogue el artículo 107, porque obviamente no puedes darle a menores unos actos de mayores de edad con consecuencia hacia los padres”, dijo Calcaño.

  1. Abogacía con legitimidad para pedir certificaciones

Enmendar el Artículo 689 del Código Civil para reincorporar a los abogados y a las abogadas entre las personas legitimadas para pedir certificaciones al Registro Demográfico.

  1. El hogar seguro

Enmendar los 10 artículos sobre Hogar Seguro, del 477 al 487, porque es demasiado flexible al extremo de abrir la puerta a afectar indebidamente a titulares de la propiedad.

“Deben ser reevaluados. ¿Cuál fue el escrutinio constitucional para privar a una persona titular de un inmueble?”, sostuvo.

  1. Impedir el embargo de vehículos de motor

Enmienda al artículo 1157 sobre bienes embargados. El Colegio pide que no se permita el embargo de vehículos de motor, salvo los coleccionables.

  1. Impedir embargo de salario mínimo

Proponer que se impida el embargo del salario a personas que ganen el salario mínimo federal o menos.

  1. Impedir embargos durante desastres

Se propone un nuevo inciso que permita que en tiempos de emergencia nacional, ya sea pandemia o desastres naturales, un acreedor no pueda iniciar un embargo.

  1. Proteger a madres y padres en las sucesiones

Enmiendas en el área de sucesiones, en los artículos 1721 y 1722, para volver a proteger en las herencias a los ascendientes. Es decir, a los padres y a las madres, y que en ausencia de descendientes, estas personas concurran en partes iguales con los cónyuges en los procesos hereditarios.

“Como fue aprobado en el nuevo código, no se protege a los padres envejecientes”, dijo Calcaño.

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