Piden precaución por posible aprobación del uso de generadores en apartamentos

El Colegio de Peritos Electricistas detalló las consideraciones necesarias para utilizar estos aparatos en espacios pequeños.

Con cierta cautela, el Colegio de Peritos Electricistas avaló la posible activación de la orden ejecutiva que permitiría el uso de generadores eléctricos en apartamentos.

Sin embargo, instó a la ciudadanía a tener precaución por la peligrosidad de esta práctica, máxime cuando ya suman tres muertes y varios heridos relacionados a la utilización de estos equipos, a causa del paso del huracán Fiona por nuestra zona. La presidenta del Colegio de Peritos Electricistas, Frances T. Berríos, avaló la medida solicitada por el representante Ángel Matos, que busca activar la orden ejecutiva (OE-2017-047) que permitiría a residentes de apartamentos utilizar generadores de electricidad, esto ante la emergencia que atraviesa el País. No obstante, la directiva insistió en que estos espacios no son recomendados para estos artefactos eléctricos.

“Los apartamentos no están diseñados para la utilización de esos generadores. La avalo (activación de la orden ejecutiva), siempre y cuando se sigan las medidas recomendadas, porque es una emergencia. Pero si hacemos ordenes ejecutivas de emergencia en emergencia, y no hacemos medidas para que la ciudadanía se vaya moviendo a una manera más segura en la utilización de estos equipos, pues realmente ponemos en riesgo estos ciudadanos”, expresó Berríos, quien hizo mención de la ley 83 del 1 de septiembre de 1990.

“Una orden ejecutiva tiene que pensar que existe una ley y que hay unas razones para eso. La Ley 83 de 1990 vino como respuesta a dos muertes por el uso de generadores eléctricos luego del paso del huracán Hugo”, recordó.

Según la experta, los generadores deben ser utilizados “con un transfer switch (interruptor de tranferencia) y en espacios libres y abiertos”, y los apartamentos no cuentan con zonas que cumplan con este requisito primordial, más allá de un balcón. Por lo que dio sus recomendaciones para la utilización en esos casos.

“Si vamos a dejar utilizarlos en apartamentos, debe ser utilizado solo en apartamentos que tengan un balcón, y que con ese balcón puedas aislar este generador cerrando puertas y ventanas. Tenemos que mirar que se utilice un detector de monóxido y el generador debe ser tipo “inverter”, que es un generador que emite menos ruido y va a molestar menos a los residentes”, sostuvo la presidenta del Colegio de Peritos Electricistas de Puerto Rico.

Asimismo, Berríos instó a las Juntas de Condominios a orientarse con el Colegio de Peritos Electricistas para lograr que sus inquilinos utilicen estos equipos de la manera más adecuada posible.

“Las Juntas de Residentes tienen que regular esto porque la ley se lo permite y, a la misma vez orientarlos. Estamos en la mejor disposición, el Colegio de Peritos Electricistas, para hacer (orientaciones) vía virtual o reunirnos con estas juntas de una manera que podamos orientarlos”, mencionó la presidenta, quien confirmó que la primera vez que se activó esta orden ejecutiva para la emergencia del huracán María, no hubo repercusiones negativas.

No obstante, Berríos se mostró preocupada por la cantidad de accidentes con generadores eléctricos que se han suscitado en residencias durante esta emergencia, y que ya han cobrado la vida de tres personas en tan solo cuatro días.

“Un apartamento es un lugar mucho más pequeño que una residencia, y los accidentes que hemos tenido han sido en residencias. Soy empática con los afectados (que están sin electricidad), pero tengo que ser solidaria con cada una de las familias que han perdido personas por el desconocimiento, pues han utilizado de una manera diferente estos artefactos. Hemos tenido tres muertes y no las podemos borrar”, lamentó la presidenta de la institución.

Señalan ilegalidad en la medida

Por su parte, el Director de Instituto de Condominios y Presidente de la Alianza de Condominios y Controles de Acceso, Marco Rosado, advirtió acerca de la ilegalidad de esta orden ejecutiva, que permitiría el uso de generadores en los apartamentos.

El proyecto sería ilegal, ya que va en contra del International Fire Code. Los generadores portátiles están prohibidos en los edificios y condominios de apartamentos por el Código Internacional de Incendios (IFC) y siempre lo han estado. El IFC es un código modelo que regula los requisitos mínimos de seguridad contra incendios para edificios, instalaciones, y almacenes, entre otros”, explicó Rosado, quien se mostró preocupado por las consecuencias que pudiera traer el uso de estos equipos en apartamentos, por exponer a todos los residentes al riesgo de cualquier falla u error en el manejo del artefacto.

“Además de los aspectos legales, también están los aspectos del riesgo. No todo el mundo sabe manejar un generador portátil. Para echarle gasolina tienes que apagarlo y esperar que se enfríe. Si se derrama, se prendió en fuego y cómo vas a controlar eso. Estas poniendo en riesgo ese apartamento y el de los vecinos. Es un problema complejo”, sostuvo.

Asimismo, Rosado negó que para la emergencia del huracán María se hubiese aprobado el uso de generadores en apartamentos de manera individual y afirmó que no es posible ir por encima de un código federal.

“No existe ley o reglamento alguno que pueda contrarrestar o ir por encima del código de incendios o que permita, ante ninguna circunstancia, el tener generadores en condominios”.

“En el pasado, ya se había presentado un proyecto similar, pero fue retirado precisamente por esa razón (ilegalidad). Para el huracán María hubo una amnistía temporera para operar los generadores comerciales de gran capacidad, los regulados por la Comisión de Servicio Público, pero esto nunca tuvo que ver con los generadores portátiles para los apartamentos”, aclaró Rosado. No obstante, el directivo del Instituto de Condominios dijo que existen opciones para manejar la necesidad del servicio de energía eléctrica en estos edificios.

“La opción más inmediata es poner baterías en sus apartamentos, que eso sí está aprobado, siempre y cuando sea dentro del apartamento y existen baterías para eso, incluso baterías portátiles. Otra opción es, si es una condición permanente que tiene esa persona, es hablar con el condominio para ver su instalan un generador comunal, pero aprobado en asamblea y, obviamente, con todos los requerimientos de seguridad”, puntualizó Rosado.


Publicado en PrimeraHora.com el 23 de septiembre del 2022

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