8 claves de los planes de emergencia para la propiedad horizontal

 

Existe una obligación de tener un plan de desastre y emergencia en tu condominio.

¿Qué dispone el Artículo 53 de dicha Ley?

1. Se requiere actualización cada 3 años.

2. La actualización deberá realizarse en consulta con las entidades gubernamentales, municipales y federales pertinentes para la protección de la vida y la propiedad. La Agencia Estatal Para el Manejo de Emergencias tiene una Guía para el Desarrollo de Planes de Emergencia para Propiedad Horizontal en Puerto Rico.

3. Debe notificársele a todos los titulares de la forma más eficaz y con el tiempo suficiente para ser estudiado y comprendido.

4. Deberá incluir las medidas que tomarán antes, durante y después de un desastre.

5. Cada enero, todo condominio notificará el nombre y teléfono de los miembros de la Junta de Directores y del administrador a:

a. Cuartel de la Policía de Puerto Rico correspondiente,

b. Defensa Civil Municipal, y

c. Departamento de Bomberos de Puerto Rico.

El propósito es mantener un registro de las personas a contactarse en una emergencia.

6. Debe aprobarse un plan de racionamiento de agua y de energía eléctrica para ser implantado durante los períodos de desastre, o en caso de racionamiento.

7. El Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor adoptará la reglamentación para pautar las normas que deberán observar, tanto los titulares individuales, como los Consejos de Titulares, en períodos de crisis de abastos de agua o de energía eléctrica.

8. Los planes requieren, además:

a. Programas de estudio del plan y simulacros

b. Descripción del edificio

c. Contactos de emergencia

d. Procedimientos de respuesta para las emergencias

i. Incendios

ii. Emergencias médicas

iii. Eventos atmosféricos

iv. Materiales peligrosos

v. Incidentes radiológicos

vi. Terremoto

vii. Problemas con equipos mecánicos

viii. Amenazas orales o escritas a residentes o instalaciones

e. Consejos para prevención de incidentes de emergencia

f. Listado de quienes necesiten ayuda especial durante una emergencia

g. Formularios para informe de incidentes

h. Rutas para evacuación

i. Localización de refugios

j. Plan de evacuación para personas con discapacidades

Si tu condominio no posee un plan de emergencia, ayuda a la junta y a la administración a establecer uno lo antes posible.

 

 

Por: Lcdo. Israel O. Alicea Luciano. Publicado en construccionelnuevodia.com el 23 de noviembre de 2018.

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