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APLICABLES A LOS CONDOMINIOS SUJETOS AL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL:
A partir de la entrada en vigor de esta Orden, quedan sin efecto las órdenes 2021-003 y 2021-005. Todas las disposiciones aquí contenidas serán de aplicación mientras esté en vigor la OE-2021-036; o, en su defecto, hasta que el Secretario expresamente se disponga lo contrario.

La Orden Ejecutiva 2021-036 tiene vigencia desde el 24 de mayo al 6 de junio de 2021

Puntos relevantes de la Orden 2021-008:
-Prohibición de suspender servicios por falta de pago y mecanismos de cobro.
-Autorización condicionada para la celebración de asambleas presenciales.
-Autorización para la apertura de todas las áreas comunes recreativa.
-Trámite expedito de querellas al amparo de esta Orden.

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