Paseo del Caribe-San Juan

Edificios residenciales y comerciales podrían estar desprovistos de cobertura contra el desplome de la estructura

Si la causa de la destrucción de un edificio fuese por negligencia o falta de mantenimiento, las pérdidas ni los daños estructurales estarían asegurados, porque aunque existe una póliza que cubre el colapso de una estructura, ésta sólo se limita a razones asegurables como fuego, huracán, terremoto o inundaciones.

Así lo aseveró a EL VOCERO, Roberto López, presidente del Comité de Propiedad y Contingencia de la Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico (Acodese),

“Las pólizas cubren accidentes, desastres o hechos no esperados como una explosión, pero no los que son predecibles y se pueden prevenir como es la falta de inspecciones, mantenimiento y corrosión en las varillas. Existe una exclusión por uso y desgaste”, explicó.

La mayoría de las pólizas de los edificios comerciales y condominios en la Isla cuentan con las pólizas que se requieren para reclamar pérdidas de bienes materiales luego de desastres e inundaciones, pero los peligros por negligencia no están incluidos.

“Si un edificio colapsa, haciendo que el edificio o parte de este no sea habitable por un terremoto, fuego o porque el mar se metió y tumbó la estructura, esto está cubierto. Estos escenarios se conocen como los peligros asegurados. También hay seguros para el proceso de construcción, pero cuando se entrega y se habita, hay que investigar por qué se destruyó, ya que esto no ocurre de la nada”, añadió el también vicepresidente de Antilles Insurance.

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Publicado en elvocero.com el 8 de julio de 2021

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