Junta Planificación solicita imponer multa de $10 mil a Condominio Sol y Playa de Rincón
La Junta de Planificación del Gobierno de Puerto Rico sometió este viernes una moción solicitando orden de demostrar causa, ejecución de sentencia e imposición de multa ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla para que ordene al Consejo de Titulares del Condominio Sol y Playa de Rincón, en un término de 10 días, a mostrar causa por la cual no ha cumplido con la orden emitida por ese Tribunal el pasado 14 de febrero de 2022.
La moción, en manos de La Isla Oeste, señala que la orden del Tribunal advino final y firme el 1 de noviembre de 2022 por lo que la Junta de Planificación solicitó que se imponga una multa de $10,000 al Consejo de Titulares del Condominio Sol y Playa por incumplir con la Orden emitida al amparo del artículo 14.13 de la Ley 161-2009; y también solicitaron que se emita cualquier otro pronunciamiento que en derecho proceda.
“El pasado 14 de febrero de 2022, este Honorable Tribunal emitió una Sentencia Final donde: (1) declaró nulo el Permiso de Construcción Consolidado Núm. 2020-344034-PCOC-010814; (2) ordenó la paralización de las obras de construcción comenzadas en la propiedad objeto de la Demanda; y (3) ordenó al Consejo de Titulares del Condominio Sol y Playa a demoler cualquier obra de construcción realizada bajo el referido permiso y a remover los escombros de la propiedad y devolverla a su estado natural”; reza el recurso legal sometido.
El Consejo de Titulares del Condominio Sol y Playa recurrió la Sentencia emitida por el Tribunal. Empero, tanto el Tribunal de Apelaciones como el Tribunal Supremo declararon No Ha Lugar los correspondientes recursos de revisión radicados.
Por lo tanto, luego de que el Consejo de Titulares agotara todos los recursos de revisión disponibles, la Sentencia emitida por el Tribunal advino final y firme el pasado 1 de noviembre de 2022. Por lo cual, el Consejo de Titulares del Condominio Sol y Playa tenía hasta el pasado 1 de marzo de 2023 para demoler cualquier obra de construcción realizada bajo el permiso, remover los escombros de la propiedad y devolver los terrenos a su estado natural.
El pasado 2 de marzo de 2023, personal de la Junta de Planificación acudió a la propiedad, objeto de la demanda, y pudo constatar que los demandados no habían demolido las obras objeto de la Demanda ni mucho menos habían devuelto el terreno objeto del permiso a su estado natural.
La Junta de Planificación aseguró además que luego de realizar una búsqueda en el Sistema Unificado de Información, SPB, tampoco existe evidencia alguna de que el Consejo de Titulares haya solicitado un permiso para demoler las obras objeto de la Demanda.
“Si bien es cierto que el pasado 23 de febrero de 2023 la Lcda. Amy Annette Ruiz Goyco radicó una Moción asumiendo la representación del Consejo de Titulares e indicó que habían contratado a un Ingeniero para gestionar lo relacionado a obtener los permisos necesarios para la demolición de las obras objeto de la Demanda, el Consejo no cumplió dentro del término de 120 días con la Orden del Tribunal de demoler las obras objeto de la Demanda y devolver los terrenos a su estado natural”; expuso el ente gubernamental en la Moción.
“La realidad es que el Consejo tenía conocimiento a lo que se exponía desde el 14 de febrero del año pasado y sabían que desde el 1 de noviembre de 2022, tenían que cumplir con la Sentencia emitida por este Tribunal. No obstante, decidieron esperar hasta el 23 de febrero de 2023, 7 días antes de que venciera el término ordenado por este Tribunal en su sentencia, para comenzar un trámite que debió haber dado inicio desde el 1 de noviembre del año pasado”; expone, en otras de sus partes, la moción presentada por la Junta de planificación.
En la moción la Junta de Planificación advierte que a tenor con la Regla 56.1 de Procedimiento Civil ésta, podrá tomar cualquier medida provisional que entienda apropiada, incluyendo órdenes de hacer o desistir, para hacer valer la efectividad de la Sentencia y que es discreción, del Tribunal el tomar cualquier medida que estime conveniente para asegurar la ejecución de la sentencia.
“La realidad es que el Consejo de Titulares tenía 120 días, desde el 1 de noviembre de 2022, para cumplir con la Orden emitida por este Honorable Tribunal, para demoler las obras objeto de la Demanda y devolver los terrenos a su estado natural, pero no lo hizo dentro del termino establecido por este Curia”; indicaron en el recurso legal sometido hoy viernes.
“Por todo lo cual, la Junta solicita que en virtud de lo antes expuesto, ordene al Consejo de Titulares a mostrar causa por la cual no ha cumplido con la orden emitida por este Tribunal. A su vez, solicita que se le imponga una multa de $10,000 por su incumplimiento por lo ordenado en la Sentencia del 14 de febrero de 2022”; solicitó finalmente en el recurso legal la Junta de Planificación.