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Nueva enmienda de la Ley de Control de Acceso establece que deudores de tres plazos o más de cuotas residenciales perderán derecho al voto en reuniones.

 

Ley Núm. 8 del 1/20/2018, enmienda a Ley Núm. 21 del 5/20/1987  para enmendar la Sección 10, inciso (b), de la Ley Núm. 21 de 20 de mayo de 1987, según enmendada, conocida como “Ley de Control de Acceso de 1987” a los fines de concederle a los consejos, juntas o asociaciones de residentes o corporaciones sin fines de lucro que se constituyen en las urbanizaciones con acceso controlado la facultad para cobrar penalidades sobre cuotas no pagadas; disponer que los propietarios u ocupantes que adeuden tres (3) o más plazos consecutivos de cuotas quedarán temporalmente privados de ejercer su derecho al voto en las reuniones de la Asociación de Residentes; y para otros fines relacionados.

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